Mediación

La mediación, como proceso voluntario de resolución de conflictos, en el que un tercero neutral, el mediador, interviene facilitando la comunicación entre las personas involucradas para que, por si mismas, alcancen una solución. El mediador adquiere el compromiso de guardar confidencialidad sobre el contenido de las sesiones.

La mediación, en el ámbito civil y mercantil tiene enormes ventajas para las partes, pues son éstas las que, con ayuda del mediador, tienen la posibilidad de solucionar el conflicto en menos tiempo y con menores costes económicos y emocionales.

Los principios que informan la mediación:

  • Carácter no adversarial:
    La mediación se basa en la concepción positiva del conflicto, en el acercamiento empático a la visión, situación y problemas del otro y en la aceptación de la diversidad como promotora de soluciones creativas.
  • Voluntariedad:
    Son las partes quienes deciden si quieren o no involucrarse en un proceso de mediación. La voluntariedad significa el respeto a la voluntad de las partes para aceptar, primero, la entrada en este procedimiento y, segundo, el acuerdo alcanzado en él.
  • Neutralidad:
    La intervención en ella de un tercero neutral e imparcial que se ocupa de la dirección del procedimiento de mediación. El mediador intervendrá sólo en aquellos casos en que pueda mantenerse neutral, teniendo claro el concepto de imparcialidad para lograr un trato similar a todas las partes.
  • Confidencialidad:
    Es la necesidad de reserva respecto de las revelaciones realizadas durante el procedimiento de mediación. Esta exigencia, que recogen prácticamente todos los ordenamientos jurídicos referidos a la mediación, conecta con la voluntariedad de las partes, ya que es la única forma de que las partes expongan con sinceridad los múltiples aspectos del conflicto


En Gil Monterroso Abogado le ofrecemos un grupo de abogados con formación acreditada y con experiencia profesional en la mediación. Ofrecemos nuestro compromiso de calidad en la resolución de conflictos, poniendo a disposición de las partes involucradas medios materiales y humanos de calidad que les permiten llegar a solucionar las controversias de una manera ágil, evitando las demoras y costes de acudir a los tribunales.

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